° En los primeros cinco (5) días del mes de diciembre de cada año, las Cámaras de Comercio formarán el presupuesto anual de ingresos y egresos para el año siguiente y lo someterán a la aprobación del Ministerio de la Economía Nacional.
Decreto 161 de 1942 →Vigente
Artículo 3
En Los Primeros Cinco (5) Días Del Mes De Diciembre De Cada Año, Las Cámaras De Comercio Formarán El Presupuesto Anual De Ingresos Y Egresos Para El Año Siguiente Y Lo Someterán A La Aprobación Del Ministerio De La Economía Nacional
Decreto 161 de 1942 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre Cámaras de Comercio
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.