Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de la escuela normal superior de varones, de Manizales, se distribuyan las siguientes partidas apropiadas en el presupuesto nacional vigente, así:
Capitulo 84, artículo 932.
Sueldos en doce meses, enero a diciembre:
capítulo 84, artículo 933.
Alimentación en diez meses, febrero a noviembre:
En enero a diciembre
En enero a diciembre:
La partida de $ 20.000 que debe aportar el departamento de Caldas, para sostenimiento de la escuela normal superior de balones, de Manizales, según contrato de nacionalización con el expresado plantel, será destruida por resoluciones del ministerio, designando la a cubrir los demás casos de sostenimiento.