°. Adiciónese transitoriamente un capítulo nuevo al Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1067 de 2015, “ por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario Administrativo de Relaciones Exteriores ’’, el cual quedará así: CAPÍTULO TRANSITORIO Plebiscito para la Refrendación del “Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera” a realizarse el 2 de octubre de 2016. Artículo 2.2.1.14.1 Autorícese a los Jefes de Oficina Consular de Colombia acreditados ante otros Estados, para habilitar puestos de votación en las sedes diplomáticas y consulares o en los sitios donde autorice la Registraduría Nacional del Estado Civil, en los cuales los ciudadanos colombianos que se encuentren o residan en el exterior pueden participar en el plebiscito para la refrendación del “ Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera ”. Artículo 2.2.1.14.2. Autorícese a los Cónsules Honorarios, con el visto bueno de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Registraduría Nacional del Estado Civil, para habilitar puestos de votación en las sedes donde habitualmente atienden al público. Artículo 2.2.1.14.3. Los Jefes de Oficina Consular y Cónsules Honorarios de Colombia designarán ciudadanos colombianos, para ejercer como jurados de votación. Artículo 2.2.1.14.4. Los Jefes de Oficina Consular, Cónsules Honorarios, funcionarios y colombianos voluntarios que intervengan en el proceso de votación se ceñirán a las instrucciones impartidas de forma conjunta por el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Registraduría Nacional del Estado Civil por conducto de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 1
Adiciónese Transitoriamente Un Capítulo Nuevo Al Título 1 De La Parte 2 Del Libro 2 Del Decreto 1067 De 2015, “ Por Medio Del Cual Se Expide El Decreto Único Reglamentario Administrativo De Relaciones Exteriores ’’, El Cual Quedará Así: Capítulo Transitorio Plebiscito Para La Refrendación Del “acuerdo Final Para La Terminación Del Conflicto Y La Construcción De Una Paz Estable Y Duradera” A Realizarse El 2 De Octubre De 2016
Decreto 1488 de 2016 · por el cual se autoriza a los Jefes de Oficina Consular y Cónsules Honorarios de Colombia debidamente acreditados ante otros Estados para llevar a cabo el proceso electoral del plebiscito para la refrendación del â??Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duraderaâ?.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.