A partir de la entrada en vigencia de la presente ley, el Gobierno Nacional a través de los programas institucionales de televisión y de las páginas web oficiales de las entidades públicas que integran y están vinculadas al Ministerio de Salud y la Protección Social, al Ministerio de Educación Nacional y al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, divulgarán permanentemente el contenido de la presente ley y, en todo caso, el contenido a que hace referencia la Ruta de Atención Integral, deberá ser entregado en medio impreso o por vía electrónica a los padres de familia al momento de matricular a sus hijos en cualquier establecimiento educativo del país.
Infracciones administrativas, sanciones e incentivos