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Artículo 12

El Comité De Calificaciones De Que Trata El Parágrafo 3º Del Artículo 32 De La Ley 75 De 1986, Ejercerá Las Siguientes Funciones: 1

Decreto 1158 de 1987 · por el cual se reglamenta el artículo 32 de la Ley 75 de 1986 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Comité de Calificaciones de que trata el

Parágrafo 3

del artículo 32 de la Ley 75 de 1986, ejercerá las siguientes funciones

1.

Calificar como no contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, por el respectivo año gravable, a las asociaciones y corporaciones que se dediquen exclusivamente al trabajo social solidario, cultural o científico.

2.

Calificar favorablemente a las cajas de compensación familiar, los fondos mutuos de inversión, los fondos de empleados, los fondos de pensiones de jubilación e invalidez y a las asociaciones gremiales, cuando estos destinen exclusivamente sus ingresos por concepto de actividades industriales y de mercadeo al mejoramiento de la salud, la educación, la cultura o la investigación científica y tecnológica. Cuando estas entidades no realicen actividades industriales o de mercadeo no requerirán calificación y se considerarán no contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios.

3.

Calificar favorablemente a las personas jurídicas sin ánimo de lucro que realizan actividades de captación y colocación de recursos financieros y se encuentran sometidas a la vigilancia de la Superintendencia Bancaria, cuando destinen exclusivamente sus ingresos al mejoramiento de la salud, la educación, la cultura o la investigación científica y tecnológica.

4.

Calificar favorablemente a las asociaciones o corporaciones, cuando estas destinen exclusivamente sus ingresos al mejoramiento de la salud, la educación, la cultura, o la investigación científica y tecnológica.

5.

Calificar favorablemente para efectos de la exención del impuesto sobre las ventas, la importación de bienes y equipos destinados a la salud, la investigación científica y tecnológica, y a la educación, siempre y cuando tales bienes sean donados por personas, entidades o gobiernos extranjeros, a favor de entidades oficiales o sin ánimo de lucro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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