Micelio

Artículo 18

Ley 2 de 1959 · Sobre Economía Forestal de la Nación y Conservación de Recursos Naturales Renovables

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los Presupuestos Nacionales se apropiaran las partidas necesarias para el cumplimiento adecuado de la presente Ley por parte del Ministerio de Agricultura. Para los estudios especiales que haya de adelantar el Instituto "Agustin Codazzi" se apropiará, precisamente, como partida adicional que se entregará por conducto del Ministerio de Agricultura para agregar a su presupuesto ordinario, una suma anual que no sea inferior a quinientos mil pesos ($500.000).

Parágrafo

La Junta Administrativa del Instituto Geográfico "Agustin Codazzi" tendrá un miembro más, designado directamente por el Ministro de Agricultura.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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