Articulación con el Sistema de Información Ambiental. Los Institutos colaborarán en el funcionamiento y operación del Sistema de Información Ambiental, para lo cual deberán, en el área de su competencia:
Colaborar con el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientes (Ideam) en la coordinación y operación del Sistema de Información Ambiental.
Contribuir al análisis y difusión de la información y reportar la necesaria al Ideam.
Colaborar con el Ideam en el diseño de los modelos, parámetros, indicadores, variables, normas, estándares, flujos y procedimientos necesarios para el manejo de los datos y de la información que sobre el medio ambiente y los recursos naturales realicen las entidades que hacen parte del Sistema Nacional Ambiental.
Establecer programas de inventarios, acopio, procesamiento, análisis y difusión de los datos y la información necesaria para evaluar y hacer el seguimiento al estado de los recursos naturales y el medio ambiente.
Coordinar programas y actividades para el acopio, procesamiento y análisis de la información necesaria para desarrollar políticas y normas sobre la población y su calidad de vida.
Colaborar con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Ideam en el establecimiento de los bancos de información y bases de datos relacionados con los recursos naturales renovables y el medio ambiente para contribuir al establecimiento de las Cuentas Nacionales Ambientales.
Proponer al Ideam variables e indicadores que deben contemplar los estudios de impacto ambiental.
Suministrar los datos e información que se requieran por parte del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Proveer la información disponible a las entidades pertenecientes al Sistema Nacional Ambiental (SINA), al sector productivo y a la sociedad.
(Decreto 1603 de 1994, artículo 9°)