Micelio

Artículo 62

El Ministerio De Comunicaciones Podrá Otorgar Menciones Honoríficas O Condecoraciones A Los Radioaficionados O Entidades Que Mediante La Radioafición Hayan Presentado Servicios Especiales Distinguidos A La Comunidad

Decreto 1613 de 1983 · Por el cual se reglamentan los servicios de radioaficionados y aficionados por satélite de que tratan los artículos 194 y 195 del Decreto-ley 222 de 1983 y parcialmente el artículo 18 del Decreto-ley 3418 de 1954

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Comunicaciones podrá otorgar menciones honoríficas o condecoraciones a los radioaficionados o entidades que mediante la radioafición hayan presentado servicios especiales distinguidos a la comunidad. CAPITULO IX De las sanciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1613 de 1983