Micelio

Artículo 1

Reconócese, A Título De Compensación Por Inversiones Hechas Por El Municipio De Cartagena En Las Obras Previstas En Las Leyes 117 De 1936, 5ª De 1940 Y 107 De 1946, Y A Favor De Su Tesoro, La Cantidad De Tres Millones De Pesos ($ 3

Decreto 3146 de 1953 · Por el cual se reconoce una compensación a favor del Municipio de Cartagena

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Reconócese, a título de compensación por inversiones hechas por el Municipio de Cartagena en las obras previstas en las Leyes 117 de 1936, 5ª de 1940 y 107 de 1946, y a favor de su Tesoro, la cantidad de tres millones de pesos ($ 3.000.000.00), moneda legal, que se entregarán al Municipio en diez (10) anualidades sucesivas a razón de trescientos mil pesos ($ 300.000.00) en cada vigencia fiscal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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