° A los siguientes empleados, que trabajaron en la Litografía Nacional, se les reconocen sus sueldos, así: Enrique Mesa, cuatro días, á $ 120 mensuales. Ismael Ramírez, cuatro días, á $ 100 mensuales. Patrocinio Cortés, cuatro días, á $ 46 mensuales. Lázaro Ramírez, cuatro días, á $ 20 mensuales. Rafael Ramos, cuatro días, á $ 20 mensuales. Francisco Pérez, cuatro días, á $ 20 mensuales. Máximo Gómez, diez y siete días, á $ 44 mensuales. Roberto Valenzuela, diez y siete días, á $ 44 mensuales. Luis Rodríguez, diez y siete días, á $ 20 mensuales. Octavio Puerto, diez y siete días, á $ 15 mensuales.
Decreto 533 de 1911 →Vigente
Artículo 2
A Los Siguientes Empleados, Que Trabajaron En La Litografía Nacional, Se Les Reconocen Sus Sueldos, Así: Enrique Mesa, Cuatro Días, Á $ 120 Mensuales
Decreto 533 de 1911 · Por el cual se reorganiza temporalmente la Litografía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.