Micelio

Artículo 3

Ley 77 de 1993 · por la cual se reconocen las Academias Colombianas de Historia Eclesiástica y a la Academia de Ciencias Económicas el carácter de academias nacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorizar al Gobierno Nacional para incluir a las Academias Colombiana de Historia Eclesiástica y a la Academia de Ciencias Económicas como unas de las instituciones que a ese nivel reciban el apoyo del Estado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 77 de 1993