Micelio

Artículo 10

Articulación De Líneas De Política Y Prevención De Violencias Hacia Niñas, Niños Y Adolescentes

Ley 2328 de 2023 · Por medio de la cual se establece la política de estado para el desarrollo integral en la infancia y adolescencia. Todos por la infancia y la adolescencia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Política de Estado para el Desarrollo Integral en la Infancia y la Adolescencia, centrada en crear las condiciones de bienestar, acceso a oportunidades e incidencia de las niñas, niños y adolescentes para su desarrollo integral, orientando la acción del Estado hacia la garantía de sus derechos y su protección integral, se constituye como marco de gestión sobre la cual se articulan las líneas de política y estrategias especializadas para la prevención de vulneraciones y violencias, así como el restablecimiento de derechos, tales como: Alianza Nacional contra la violencia hacia niñas, niños y adolescentes y la Estrategia Nacional Pedagógica y de Prevención del Castigo Físico, los tratos crueles, humillantes o degradantes enmarcada en la misma; prevención y erradicación de la Explotación Sexual Comercial en niñas, niños y adolescentes; prevención y erradicación del Trabajo Infantil y protección integral al adolescente trabajador; prevención del reclutamiento de niñas, niños y adolescentes; estrategia de atención integral para niñas, niños y adolescentes con énfasis en la prevención del embarazo en la adolescencia; estrategias de prevención de violencias.

Parágrafo

La prevención del embarazo en la adolescencia deberá hacer énfasis en el respeto del cuerpo, de la dignidad del otro, en la educación para la afectividad como herramienta fundamental del desarrollo integral y curso de vida.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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