Micelio

Artículo 45

Para La Designación De Los Delegados Y Sus Suplentes En Las Juntas Administradoras Regionales Se Someterá A Lo Dispuesto En Las Normas Del Decreto 128 De 1976, Sin Perjuicio De Oír Previamente El Concepto Del Director Del Icbf, Con El Fin De Que Tal Acto Se Realice En Favor De Los Intereses De La Entidad

Decreto 2388 de 1979 · Por el cual se reglamentan las leyes 75 de 1968, 27 de 1974 y 7ª de 1979

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para la designación de los Delegados y sus suplentes en las Juntas Administradoras Regionales se someterá a lo dispuesto en las normas del Decreto 128 de 1976, sin perjuicio de oír previamente el concepto del Director del ICBF, con el fin de que tal acto se realice en favor de los intereses de la entidad. La designación de los representantes de las Asociaciones Gremiales de Patronos y las Asociaciones Sindicales de Trabajadores en las Juntas Administradoras, se hará según el procedimiento establecido en el artículo 40 de este decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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