° Hácese el siguiente traslado en el presupuesto del MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 60 Edificios y parques nacionales. Del artículo 491. Para las obras públicas en las islas de San Andrés y Providencia $ 15,000.00 Al artículo 491 bis (nuevo). Para la construcción del edificio de correos y telégrafos de Ipiales 15.000.00 Comuníquese.
Decreto 824 de 1938 →Vigente
Artículo 2
Hácese El Siguiente Traslado En El Presupuesto Del Ministerio De Obras Publicas Capitulo 60 Edificios Y Parques Nacionales
Decreto 824 de 1938 · Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto vigente
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.