Micelio

Artículo 3

Poder Ejecutivo Nacional Bogotá, Á

Ley 8 de 1882 · Por la cual se aprueba un contrato

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Con las modificaciones que en seguida se expresan, apruébase el contrato adicional y reformatorio del de 31 de Enero de 1881, sobre limpia y navegacion del rio Lebrija por medio de buques de vapor, celebrado entre el señor Narciso González Linéros, Secretario de Fomento, por una parte, y Manuel J. Navarro, socio principal de la casa de López y Navarro, de " Bodega Central," por otra, á saber :

1.ª Suprímese el artículo 3.° de dicho contrato ;

2.ª La cuota de cincuenta centavos ( $ 0 50 cs.) de bodegaje, de que se trata el artículo 3.° del contrato originario, de 10 de Marzo de 1881, se entiende que se causa por todo el tiempo del almacenaje de la carga cualquiera que sea ; y

3.ª Concédese á los empresarios de la navegacion y limpia del rio Lebrija diez hectaras de tierras baldías para el establecimiento de las bodegas y oficinas que se necesiten para el servicio de la empresa, en el sitio de " Bodega Central."

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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