º. Toda materia deberá dictarse, para ser tenida como cursada, por lo menos con una intensidad igual al 90% del total de clases que le correspondan en el año, y ningún alumno tendrá derecho a presentar exámenes finales cuando su asistencia haya sido inferior al 80% del número reglamentario de clases dictadas, sin tener en cuenta las fallas que se produzcan por razón de las prácticas de aplicación pedagógica.
Artículo 9
Toda Materia Deberá Dictarse, Para Ser Tenida Como Cursada, Por Lo Menos Con Una Intensidad Igual Al 90% Del Total De Clases Que Le Correspondan En El Año, Y Ningún Alumno Tendrá Derecho A Presentar Exámenes Finales Cuando Su Asistencia Haya Sido Inferior Al 80% Del Número Reglamentario De Clases Dictadas, Sin Tener En Cuenta Las Fallas Que Se Produzcan Por Razón De Las Prácticas De Aplicación Pedagógica
Decreto 192 de 1951 · Por el cual se adopta el plan de estudios par los Institutos de Enseñanza Pedagógica, y se dictan otras disposiciones sobre Educación Normalista
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.