Micelio

Artículo 1

Aprobar En Todas Y En Cada Una De Sus Partes El Acuerdo 145 Del 5 De Noviembre De 1996, Expedido Por El Consejo Directivo Del Instituto De Educación Técnica Profesional De Roldanillo Valle, Sobre Suprimir Y Crear Un Cargo De La Planta De Personal Administrativo De Esa Institución Cuyo Texto Es El Siguiente: "acuerdo Numero 145 De 1997 (Noviembre 5) Por El Cual Se Suprime Y Crea Un Cargo De La Planta De Personal Administrativo Del Instituto De Educación Técnica Profesional De Roldanillo, Valle

Decreto 920 de 1997 · por el cual se aprueba el Acuerdo 145 del 5 de noviembre de 1996, expedido por el Consejo Directivo del Instituto de Educación Técnica Profesional de Roldanillo, Valle.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Aprobar en todas y en cada una de sus partes el Acuerdo 145 del 5 de noviembre de 1996, expedido por el Consejo Directivo del Instituto de Educación Técnica Profesional de Roldanillo Valle, sobre suprimir y crear un cargo de la Planta de Personal Administrativo de esa Institución cuyo texto es el siguiente: "ACUERDO NUMERO 145 DE 1997 (noviembre 5) por el cual se suprime y crea un cargo de la Planta de Personal Administrativo del Instituto de Educación Técnica Profesional de Roldanillo, Valle. El Consejo Directivo del Instituto de Educación Técnica Profesional de Roldanillo, en ejercicio de las facultades legales y estatutarias, en especial los conferidos por el artículo 15 del Acuerdo 135 de 1996, ACUERDA: Artículo 1º. Suprímase de la Planta del Personal Administrativo del Instituto de Educación Técnica Profesional de Roldanillo, Valle, el siguiente cargo: Número cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado DESPACHO DEL RECTOR 1 Rector de institución Técnica Profesional 2155 07 Artículo 2°. Créase el siguiente cargo dentro de la Planta de Personal de la Institución: Número cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado DESPACHO DEL RECTOR 1 Rector de institución Técnica Profesional 2155 07 Artículo 3º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de expedición, deroga las disposiciones que le sean contrarias y para su validez requiere aprobación por decreto del Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase. Dado en Roldanillo, Valle, a los cinco días, del mes de noviembre de mil novecientos noventa y seis (1996). El Presidente, Fdo. Oscar Alonso Pastrana. La Secretaria General, Fdo. Beatriz Elena Madrid »

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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