ARTICULO 3o. Los empleos segun sunaturaleza y forma como deben ser provistos se dividen en: libre nombramiento y remoción y de carrera. Son de libre nombramiento y remoción las personas que desempeñan los empleos que se señalan a continuación
Ministros del Despacho, Jefes de Departamentos Administrativos, Superintendentes, Viceministros, Secretarios Generales de Ministerios y Departamentos Administrativos y Presidentes, Gerentes o Directores de Establecimientos Públicos o de Empresas Industriales y Comerciales del Estado;
Los empleos correspondientes a la planta de personal de los Despachos de los funcinarios mencionados anteriormente;
Los empleos de la Presidencia de la República;
Los empleos del Servicio Exterior de conformidad con las normas que regulan la Carrera Diplomática y Consular;
Los empleos de agentes secretos y detectives.
Los empleos de la Registraduría Nacional del Estado Civil, cuya designación esté regulada por las leyes especiales. TÍTULO II. DE LAS CONDICIONES PARA EL EJERCICIO DEL EMPLEO CAPÍTULO I. DEL INGRESO