Micelio

Artículo 2

Con Base En Lo Dispuesto En El Artículo 2° De La Ley 11 De 1969, Apropiase Para Atender Los Gastos Del Gobierno Nacional, Durante La Vigencia Fiscal Del 1° De Enero Al 31 De Diciembre De 1970, Una Suma Igual A La Del Cálculo De Las Rentas E Ingresos Del Tesoro De La Nación, Determinado En El Artículo Anterior, Por Valor De Quince Mil Veinte Millones Setecientos Catorce Mil Setecientos Pesos ($ 15

Decreto 2151 de 1969 · sobre liquidación del Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1970.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Con base en lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley 11 de 1969, apropiase para atender los gastos del Gobierno Nacional, durante la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1970, una suma igual a la del cálculo de las Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación, determinado en el artículo anterior, por valor de quince mil veinte millones setecientos catorce mil setecientos pesos ($ 15.020.714 700), monela legal, distribuida entre las distintas Ramas del Poder Público, así: aquí va un PDF pág 2

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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