La Contraloría General de la República, de común acuerdo con la Dirección General del Presupuesto, estudiará cada uno de los saldos del Balance tanto del Tesoro como de la Hacienda, a fin de eliminar antes del cierre del ejercicio de 1977 aquellos activos y pasivos que no correspondan a saldos reales a favor o cargo de la Nación.
En caso de duda sobre algún saldo, este se contabilizará en una cuenta de orden hasta que se defina el caso o se aclare la situación.