Son funciones de la Oficina de Divulgación Tributaria
Elaborar los programas de divulgación tributaria que determine el Jefe de la División, de acuerdo con las necesidades de información del público y del contribuyente.
Distribuir por todos los medios adecuados los prospectos e instrucciones sobre la legislación tributaria e interpretación administrativa y jurisdiccional.
Desarrollar campañas de información y persuasión (sic) entre el público contribuyente, sobre los diferentes aspectos de la legislación tributaria, sus incidencias económico-sociales, sus fundamentos, la justicia y equidad de los gravámenes, la necesidad de que el Estado los exija y los beneficios que se derivan para la comunidad.
Preparar y hacer editar, con el concurso de la Sección de Publicaciones del Ministerio, los comunicados, avisos, afiches, folletos, circulares y boletines autorizados por el Jefe de la División.
Mantener informado al público, y en especial a los contribuyentes, sobre las reformas que se introduzcan a la legislación tributaria, las modalidades en la tramitación y resolución de los recursos, consultas y reclamos.
Acordar con los Jefes de las Subdivisiones, y por intermedio del Coordinador Ejecutivo con los Administradores de Impuestos, los programas de divulgación especializada y la organización de la oficina de información de cada Administración.
Compilar y hacer publicar periódicamente, y para distribución gratuita, en coordinación con la Subdivisión Técnico-legal, las disposiciones sobre régimen tributario y la jurisprudencia administrativa y jurisdiccional correspondiente. De la Coordinación Ejecutiva.