º. El presente Decreto regirá desde su fecha. Comuníquese y publíquese. Dado el Bogotá a 4 de noviembre de 1944. ALFONSO LOPEZ El Ministro de Gobierno, Alberto LLERAS.
Decreto 2621 de 1944 →Vigente
Artículo 6
El Presente Decreto Regirá Desde Su Fecha
Decreto 2621 de 1944 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto-ley 2310 de 1943
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.