Son funciones de la Sección de Clasificación y Remuneración: a). Adelantar estudios de clasificación de cargos. b). Vigilar la aplicación de las normas de clasificación y remuneración de empleados del Ministerio, tanto en el orden administrativo, como en los ramos Diplomático y Consular; c). Estudiar sistemas y escalas de remuneración en otras entidades, para compararlas con las existentes en el Ministerio, para los cargos con funciones similares; d). Estudiar sistemas y escalas de remuneración en otros países a fin de compararlas con las existentes en el Servicio Exterior del Ministerio, para los cargos con funciones similares. e). Revisar si fuere necesario, las funciones del personal, y adelantar una nueva evaluación y clasificación de los cargos, cuando se modifique la estructura de algunas dependencias del Ministerio.
Decreto 1632 de 1960 →Vigente
Artículo 37
Son Funciones De La Sección De Clasificación Y Remuneración: A)
Decreto 1632 de 1960 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Relaciones Exteriores, y se señalan sus funciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.