° La Dirección Nacional del Presupuesto es un organismo técnico, dependiente del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para los efectos de la preparación y ejecución del Presupuesto. La vigilancia administrativa y económica de las actividades presupuéstales de todas las dependencias del Gobierno, la ejercerá la Dirección de acuerdo con las orientaciones que le señale el Presidente de la República, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 del Decreto-ley número 1675 de 1964. La Dirección Nacional del Presupuesto tendrá la siguiente estructura administrativa: I-Dirección
Secretaría Administrativa.
Oficina Jurídica. II - División de Programación del Presupuesto. 1. Sección de Programas para los Ministerios y Departamentos Administrativos. 2. Sección de Programas para los establecimientos públicos descentralizados.
Sección de Vigilancia Administrativa, Control Físico y Medición de Resultados. III - División de Administración del Presupuesto. 1. Sección de Ejecución y Control. 2. Sección de Costos. IV-División de Estudios Económicos y Fiscales. 1. Sección de Cálculo de Rentas. 2. Sección de Presupuestos Consolidados y Asistencia Técnica. V-División de Crédito Público. 1. Sección de Deuda Pública Externa. 2. Sección de Deuda Pública Interna. 3. Sección de Pensiones. VI-Divisiones y Secciones de Presupuesto de los Ministerios y Departamentos Administrativos. Para los Ministerios. 1. Secciones de Ejecución y Control. 2. Secciones de Costos. 3. Secciones de Pagaduría. Para los Departamentos Administrativos. 1. Grupos de Ejecución y Control. 2. Grupos de Costos. 3. Grupos de Pagaduría. CAPITULO I De la Dirección Nacional del Presupuesto.