Micelio

Artículo 48

Decreto 132 de 1995 · por el cual se desarrolla la carrera profesional del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Licencia especial . El Ministerio de Defensa Nacional, podrá conceder licencia sin derecho a sueldo ni prestaciones sociales al miembro del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional, cuyo cónyuge o compañero (a) miembro de la Fuerza Pública, sea destinado en comisión al exterior, hasta por un término máximo de dieciocho (18) meses. Esta tiempo no se computará para efectos de actividad policial ni para el reconocimiento de prestaciones sociales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 132 de 1995