Micelio

Artículo 7

Decreto 2347 de 1980 · Por el cual se señala normas y orientaciones básicas para la implantación de la enseñanza bilingüe en San Andrés y Providencia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo séptimo. La selección, formación y capacitación que desarrollarán los programas bilingües se realizará de conformidad con la reglamentación que para el efecto se dicte, ajustándose a lo establecido en el Decreto 2277 de 1979.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2347 de 1980