Sin perjuicio de la competencia que les corresponde a otras entidades de inspección, vigilancia y control, la Superintendencia Nacional de Salud, en ejercicio de las funciones señaladas en la ley, adelantará las respectivas investigaciones e impondrá multas hasta de doscientos salarios mínimos legales mensuales a las entidades que vinculen o contraten personal violando el régimen previsto en la presente ley.
Los servidores públicos que infrinjan el régimen previsto en esta ley serán sancionados de conformidad con el régimen disciplinario único contemplado en la Ley 200 de 1995 .