Canales de atención. Los canales de atención para realizar el trámite serán los establecidos por el Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos del Comando General de las Fuerzas Militares, y para el marcaje, los definidos por la Industria Militar.
Las personas naturales o jurídicas que tengan armas menos letales de uso civil, en caso de no entregarlas al Estado, deberán realizar el trámite de marcaje y permiso de estas ante la autoridad competente en un plazo de ocho (8) meses contados a partir del inicio del proceso de marcaje por parte de INDUMIL.
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