Son funciones del Consejo Académico
Conceptuar ante el Consejo Superior Universitario, sobre la creación, modificación o supresión de Facultades, Escuelas e Institutos;
Revisar los planes de Enseñanza o de investigación que le sometan los Consejos de las Facultades o Escuelas e Institutos y proponerlos, por intermedio del Rector, al Consejo Superior Universitario para su aprobación;
Estudiar el Estatuto del Profesorado y presentarlo ante el Consejo Superior para su aprobación;
Conceptuar ante el Consejo Superior sobre la creación y supresión de cargos docentes;
Absolver las consultas que le formulen el Rector, los Consejos de las Facultades y Escuelas, los Decanos y Directores sobre todo lo referente a la enseñanza, la investigación y la docencia;
Servir de cuerpo consultivo a las entidades encargadas de autorizar el ejercicio profesional;
Elaborar los proyectos sobre los sistemas de calificaciones de exámenes, matrículas, el calendario académico, y conceptuar sobre los requisitos para la expedición de certificados de estudios, títulos y grados;
Elegir a uno de los Decanos como su representante ante el Consejo Superior Universitario;
Las demás que le atribuyan las leyes; el Estatuto y los Reglamentos. Del Rector.