Micelio

Artículo 1

Ley 18 de 1919 · que ordena erigir una estatua del doctor José Ignacio de Márquez

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contrátese por poder ejecutivo un segundo ejemplar de la estatua del doctor José Ignacio de Márquez, que por ley nacional ha sido elaborada con destino a la ciudad de Ramiriquí, a fin de que sea erigida en la capital de la Republica en el sitio que designe el Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 18 de 1919