Micelio

Artículo 49

De Los Requisitos Para Ingresar Al Sistema Son Requisitos Generales Para El Ingreso Al Sistema; A) Reunir Las Calidades Y Los Requerimientos Que La Constitución De La Ley Y El Manual Descriptivo De Empleo, Establezcan; B) Ser Nombrado Por Autoridad Competente Mediante El Cumplimiento De Las Formalidades Legales; C) Tomar Posesión Del Cargo Dentro Del Término Fijado Por La Ley Y Con El Lleno De Los Requisitos Establecidos: D) Prestar Juramento De Respetar, Cumplir Y Hacer Cumplir La Constitución Y Las Leyes, Y Desempeñar Fielmente Las Funciones Inherentes Al Cargo

Decreto 1468 de 1979 · Por el cual se reglamenta el decreto 694 de 1975

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De los requisitos para ingresar al sistema Son requisitos generales para el ingreso al Sistema

a)

Reunir las calidades y los requerimientos que la Constitución de la Ley y el Manual Descriptivo de Empleo, establezcan;

b)

Ser nombrado por autoridad competente mediante el cumplimiento de las formalidades legales;

c)

Tomar posesión del cargo dentro del término fijado por la Ley y con el lleno de los requisitos establecidos:

d)

Prestar juramento de respetar, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes, y desempeñar fielmente las funciones inherentes al cargo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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