Micelio

Artículo 5

, De Ingresen A Los Fondos De Sostenimiento Del Instituto Nacional De Nutrición

Decreto 1241 de 1955 · Por el cual se reincorpora como dependencia directa del Ministerio de Salud pública el Instituto Nacional de Nutrición y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo quinto . El Gobierno Nacional ordenará que los fondos existentes en el Banco de la República, proveniente de la yodización de la sal, a que se refiere el artículo 5°, de ingresen a los Fondos de Sostenimiento del Instituto Nacional de Nutrición. Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1241 de 1955