En el caso de que dos o más personas soliciten que se les adjudique una misma porción de baldíos, debe preferirse al que hizo primero su solicitud. Pero si éste la abandonare o no hiciere gestiones para llevarla adelante, por espacio de seis meses, puede darse curso a las otras peticiones, con prelación, según el orden en que fueron presentadas.
Ley 110 de 1912 →Vigente
Artículo 90
Ley 110 de 1912 · Por el cual se sustituyen el Código Fiscal y las leyes que lo adicionan y reformanVigente Parcial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.