º. Sistemas de evaluación . Son criterios académicos que sustentan la permanencia, promoción y grado de los estudiantes. El programa dará a conocer y aplicará el sistema de evaluación de los aprendizajes y el desarrollo de las competencias de los estudiantes, haciendo explícitos sus propósitos, criterios, estrategias y técnicas. Las formas de evaluación serán coherentes con los objetivos de formación, las prácticas pedagógicas empleadas y las competencias propuestas. Los programas de formación de formación en psicología harán explícito el conjunto de requisitos para la obtención del título de psicólogo entre los cuales es deseable incluir la formulación y realización de un proyecto de investigación formativa con autoría de los aspirantes a grado, que podrá ser dirigido o evaluado por docentes investigadores del programa, o por lo menos incluir la participación efectiva de los aspirantes a grado en proyectos en curso.
Decreto 1527 de 2002 →Vigente
Artículo 9
Sistemas De Evaluación
Decreto 1527 de 2002 · por el cual se establecen los estándares de calidad en programas profesionales de pregrado en Psicología.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.