Micelio

Artículo 1

Apruébase El Acuerdo Número 4 De Abril 7 De 1983, Del Comité Nacional De Cafeteros, Cuyo Texto Dice Lo Siguiente: «acuerdo Numero 4 De 1983 (Abril 7) El Comité Nacional De Cafeteros, En Uso De Sus Atribuciones Y Considerando: A) Que En Virtud Del Decreto 2078 De 1940 Y De Las Disposiciones Que Lo Adicionan Y Lo Reforman, El Gobierno Y La Federación Celebraron El 11 De Diciembre De 1940, Un Contrato Sobre Manejo Del Fondo Nacional Del Café E Intervención En Los Mercados Cafeteros Para El Desarrollo Del Convenio Interamericano Sobre Cuotas De Exportación, Contrato Que Ha Sido Adicionado Y Complementado Por Otros Posteriores Y De Manera Especial Por El De Diciembre 20 De 1978 Sobre Prestación De Servicios Y Administración Y Manejo Del Fondo Nacional Del Café, Celebrados Entre Las Mismas Partes Con El Objeto De Solucionar, De Acuerdo Con La Experiencia Obtenida En El Desarrollo Del Mismo, Aquellos Puntos Que No Se Habían Podido Prever Originalmente A Fin De Darles Desarrollo Y Cumplimiento A Normas Legales Y A Disposiciones De Los Congresos Cafeteros; B) Que La Federación Nacional De Cafeteros, Con Recursos Tomadas Del Fondo Nacional Del Café Y Como Parte De Los Programas De Desarrollo Y Diversificación De La Economía De Las Zonas Cafeteras, Es Accionista Del Ingenio Del Risaralda, Sociedad Anónima; C) Que Los Estudios Que Se Han Hecho Indican La Necesidad De Ampliar Y Modernizar La Planta, Incrementar La Capitalización Por Los Socios Y Refinanciar Los Pasivos Del Ingenio Para Asegurar Su Adecuada Operación; D) Que Los Accionistas Han Aceptado Suscribir Y Pagar La Cocuota-Parte De Dicha Capitalización, Dentro De La Cual Correspondería A La Federación Un Nuevo Aporte De $ 100 Millones, Para El Cual Se Previeron Los Recursos Necesarios En El Presupuesto De Inversiones Del Fondo Nacional Del Café, Programa De Desarrollo Y Diversificación De Zonas Cafeteras, Para La Presente Vigencia; E) Que En La Presente Sesión El Señor Ministro De Hacienda Y Crédito Público Ha Expresado Concepto Favorable A Esta Capitalización

Decreto 1212 de 1983 · Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Apruébase el Acuerdo número 4 de abril 7 de 1983, del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente: «ACUERDO NUMERO 4 DE 1983 (abril 7) El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones y CONSIDERANDO

a)

Que en virtud del Decreto 2078 de 1940 y de las disposiciones que lo adicionan y lo reforman, el Gobierno y la Federación celebraron el 11 de diciembre de 1940, un contrato sobre manejo del Fondo Nacional del Café e intervención en los mercados cafeteros para el desarrollo del Convenio Interamericano sobre cuotas de exportación, contrato que ha sido adicionado y complementado por otros posteriores y de manera especial por el de diciembre 20 de 1978 sobre prestación de servicios y administración y manejo del Fondo Nacional del Café, celebrados entre las mismas partes con el objeto de solucionar, de acuerdo con la experiencia obtenida en el desarrollo del mismo, aquellos puntos que no se habían podido prever originalmente a fin de darles desarrollo y cumplimiento a normas legales y a disposiciones de los Congresos Cafeteros;

b)

Que la Federación Nacional de Cafeteros, con recursos tomadas del Fondo Nacional del Café y como parte de los programas de desarrollo y diversificación de la economía de las zonas cafeteras, es accionista del Ingenio del Risaralda, Sociedad Anónima;

c)

Que los estudios que se han hecho indican la necesidad de ampliar y modernizar la planta, incrementar la capitalización por los socios y refinanciar los pasivos del ingenio para asegurar su adecuada operación;

d)

Que los accionistas han aceptado suscribir y pagar la cocuota-parte de dicha capitalización, dentro de la cual correspondería a la Federación un nuevo aporte de $ 100 millones, para el cual se previeron los recursos necesarios en el presupuesto de inversiones del Fondo Nacional del Café, Programa de Desarrollo y Diversificación de Zonas Cafeteras, para la presente vigencia;

e)

Que en la presente sesión el señor Ministro de Hacienda y Crédito Público ha expresado concepto favorable a esta capitalización. ACUERDA: Articulo primero. Autorizar a la Federación Nacional de Cafeteros para que, con recursos tornados del Fondo Nacional del Cate, suscriba y pague nuevas acciones del Ingenio del Risaralda, S. A., por la suma de $ 100.000.000.00 moneda corriente, pagaderas en dos contados iguales en los meses de abril y agosto del presente año. Articulo Segundo. Someter el presente Acuerdo por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público a la aprobación del señor Presidente de la República. Aprobado en Bogota, D. E., a los siete (7) días del mes de abril de mil novecientos ochenta y tres (1983). El Presidente (Fdo.), Alfonso Palacio Rudas. El Secretario (Fdo.), Jose Fernando Jaramillo H .»

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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