Micelio

Artículo 3

Ley 15 de 1916 · Por la cual se dispone el envío al Exterior de dos Comisiones de Estudios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Oficiales de la Comisión de Estudios Militares una vez que terminen satisfactoriamente su misión serán empleados en el Ejército Nacional de acuerdo con su categoría, la especialidad a que se dedicaron y el concepto que de ellos dieren los Jefes o superiores extranjeros cerca de los cuales sirvieron o estudiaron; y quedan con la obligación de prestar sus servicios durante un tiempo triple al de su permanencia en el Exterior, para lo cual firmarán compromiso legal ante el Ministerio de Guerra.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 15 de 1916