Destinación a fondos. A ninguna parte de los fondos y bienes administrados por la Zona Franca se les podrá dar destinación distinta de la del cumplimiento de las funciones señaladas en la Ley 105 de 1958, el Decreto 1095 de 1970 y los presentes estatutos.
Decreto 1727 de 1971 →Vigente
Artículo 36
Destinación A Fondos
Decreto 1727 de 1971 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Zona Franca Industrial y Comercial de Palmaseca
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.