Micelio

Artículo 4

Con Cargo A Los Recursos Administrados Por El Patrimonio Autónomo Al Que Hace Referencia El Presente Decreto Se Sufragarán Los Costos En Que Se Incurra Para El Manejo Y Control De Los Recursos, Los Gastos De Operación Y Cualquier Otro Gasto Que Se Requiera Para El Desarrollo, Implementación Y Divulgación Del Programa A Que Hace Referencia El Presente Decreto

Decreto 428 de 2015 · por el cual se implementa el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Con cargo a los recursos administrados por el patrimonio autónomo al que hace referencia el presente decreto se sufragarán los costos en que se incurra para el manejo y control de los recursos, los gastos de operación y cualquier otro gasto que se requiera para el desarrollo, implementación y divulgación del programa a que hace referencia el presente decreto. Los rendimientos financieros que generen los recursos fideicomitidos también serán destinados a la ejecución del programa, incluyendo el pago de los gastos a los que se refiere el presente artículo.

Parágrafo

El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio podrá establecer las condiciones en las cuales, los vendedores de las viviendas cuyos adquirentes sean potenciales beneficiarios del programa, deben proceder a su divulgación. CAPÍTULO II Beneficios para los hogares objeto del programa

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 428 de 2015