De la partida de $ 1.000.000.00 apropiada en el Capítulo 827, artículo 5293, ordinal 22) del Presupuesto vigente "Para conservación de las carreteras del Plan Vial, según distribución que hará el Gobierno Nacional por decreto separado", hácese la siguiente distribución:
Capítulo 527, artículo 5293, ordinal 22).