Micelio

Artículo 25

Las Reservas Que Se Contabilicen En El Balance De La Entidad Con Cargo A Las Apropiaciones De 1980 Podrán Ser Giradas O Pagadas En El Año De 1981, Pero Al Cerrarse El Ejercicio Se Cancelará De Oficio Cualquier Saldo Pendiente De Giro De Tales Reservas

Decreto 3454 de 1980 · Sobre liquidación del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y de Gastos de los Establecimientos Públicos Nacionales para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1981

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las reservas que se contabilicen en el balance de la entidad con cargo a las apropiaciones de 1980 podrán ser giradas o pagadas en el año de 1981, pero al cerrarse el ejercicio se cancelará de oficio cualquier saldo pendiente de giro de tales reservas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3454 de 1980