Los bancos comerciales podrán dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 30 de la presente Ley, mediante la celebración de contratos con la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, o el Banco Ganadero, previa autorización de la Superintendencia Bancaria.
Ley 26 de 1959 →Derogado
Artículo 41
Ley 26 de 1959 · Por la cual se fomenta la industria agropecuaria y se dictan disposiciones sobre Fondos y Banco Ganaderos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Derogado
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.