Micelio

Artículo 670

Decreto 2626 de 1994 · por el cual se expide la compilación de las disposiciones constitucionales y legales vigentes para la organización y el funcionamiento de los municipios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

- ORGANOS DE ADMINISTRACION. Las asociaciones de municipios podrán tener los siguientes órganos de administración

a)

Asamblea General de socios.

b)

Junta Administradora, elegida por aquélla, y

c)

Director Ejecutivo, nombrado por la junta, que será el Representante Legal de la asociación (Ley 136 de 1994, art. 153). TITULOXXI. DISPOSICIONES VARIAS CAPITULO1. LIMITES A LAS APROPIACIONES DESTINADAS A GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DE LAS PERSONERIAS Y CONTRALORIAS DISTRITALES Y MUNICIPALES

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2626 de 1994