°. Modifíquese el artículo 27 del Decreto número 1609 de 2013, el cual quedará así: " Artículo 27. Obligación del Tercero Estratégico - Adhesión Acuerdo de Accionistas y Oferta Pública de Adquisición . De conformidad con el artículo 5.7 del Acuerdo de Accionistas, en el evento de que las Acciones sean adquiridas por un Tercero Estratégico que conlleve una transferencia del control de Isagen, este deberá, tal como se detallará en los reglamentos de enajenación y adjudicación: (i) Aceptar y adherirse a los términos y condiciones establecidas en dicho Acuerdo de Accionistas; (ii) Aceptar las obligaciones allí previstas, y (iii) Formular una oferta pública de adquisición voluntaria dirigida, por lo menos, a los Accionistas Minoritarios, al mismo precio por Acción pagado a la Nación en desarrollo de este Programa de Enajenación, en los términos fijados en el Acuerdo de Accionistas. Para efectos de este artículo, los términos "Tercero Estratégico" y "Accionistas Minoritarios" tendrán el significado que se les asigna en el Acuerdo de Accionistas. Los reglamentos de enajenación y adjudicación que se expidan en desarrollo del presente Programa de Enajenación contendrán los términos y condiciones del Acuerdo de Accionistas y establecerán la manera en la que se determinará la calidad de Tercero Estratégico para dar cumplimiento a este artículo y los términos, condiciones y plazos en los que deberá formularse la oferta pública de adquisición a la que hace referencia el presente artículo".
Decreto 2316 de 2013 →Vigente
Artículo 3
Modifíquese El Artículo 27 Del Decreto Número 1609 De 2013, El Cual Quedará Así: " Artículo 27
Decreto 2316 de 2013 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto número 1609 de 2013.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.