Instrucciones en caso de emergencia . El empresario organizador de un evento de afluencia masiva de público y los medios de comunicación que participen en su transmisión, deben divulgar antes y durante su desarrollo, instrucciones acerca de cómo comportarse en caso de presentarse una emergencia.
Decreto 3888 de 2007 →Vigente
Artículo 21
Instrucciones En Caso De Emergencia
Decreto 3888 de 2007 · por el cual se adopta el Plan Nacional de Emergencia y Contingencia para Eventos de Afluencia Masiva de Público y se conforma la Comisión Nacional Asesora de Programas Masivos y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.