Micelio

Artículo 1

Decreto 227 de 1902 · Por el cual se impone una obligacion al ayudante del administrador de La Opinión

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° Desde la fecha, del presente Decreto el Ayudante del Administrador del periódico oficial denominado La Opinión , queda en la obligación de escribir, cada quince días, una relación de todos los sucesos importantes que ocurren en el país, relacionados con la política y con la guerra, adecuada para que los empleados Diplomáticos y Consulares que tiene el Gobierno en Europa, en los Estados Unidos de América y en las Repúblicas Hispano-Americanas hagan conocer, por medio de la prensa, todo lo que convenga á los internes de la Nación y los ponga en posesión de los datos necesarios para impugnar las publicaciones que se hagan contrarias á tales intereses.

Parágrafo

El empleado mencionado remitirá cada quincena, por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores, á los empleados Diplomáticos y Consulares, la relación que haya formado, y un ejemplar de cada uno de los periódicos, oficiales ó particulares noticiosos que se publiquen en la capital de la República, ó recortes de ellos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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