°. Modificar el artículo 9° del Decreto 2962 de 2011, el cual quedará así: "Artículo 9°. Autorización . De conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 3° del Decreto 4819 de 2010, la Gerencia General del Fondo podrá celebrar directamente, sin necesidad de previa autorización del Consejo Directivo, contratos cuya cuantía sea igual o inferior a cuatro mil smlmv".
Decreto 4808 de 2011 →Vigente
Artículo 2
Modificar El Artículo 9° Del Decreto 2962 De 2011, El Cual Quedará Así: "artículo 9°
Decreto 4808 de 2011 · por el cual se modifican los artículos 4° y 9° del Decreto 2962 de 2011.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.