Micelio

Artículo 156

Toda La Sociedad Anónima Que Haya Obtenido La Valuación De Su Good-Will Por La Jefatura De Rentas E Impuestos Nacionales Deberá Registrar En Su Contabilidad Este Hecho, Creando Una Cuenta Activa Que Se Denominará "good-Will (Avalúo Oficial)", Con Su Correspondiente Cueta Pasiva Que Podrá Llamarse "superavit Por Valuación Del Good-Will"

Decreto 2521 de 1952 · Por el cual se reglamenta el Capítulo 2° del Título 7° del Libro 2° del Código de Comercio, la Ley 58 de 1931, el artículo 40 de la Ley 66 de 1947 y las demás disposiciones legales vigentes sobre sociedades anónimas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Toda la sociedad anónima que haya obtenido la valuación de su good-will por la jefatura de rentas e impuestos nacionales deberá registrar en su contabilidad este hecho, creando una cuenta activa que se denominará "good-will (avalúo oficial)", con su correspondiente cueta pasiva que podrá llamarse "superavit por valuación del good-will"

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2521 de 1952