Micelio

Artículo 29

Decreto 1646 de 1991 · por el cual se establece el Régimen Administrativo Disciplinario de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos Nacionales y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 29 . Circunstancias que agravan la responsabilidad. Se consideran como circunstancias que agravan la responsabilidad las siguientes

a)

El haber sido sancionado dentro de los cinco años anteriores por la comisión de faltas disciplinarias graves;

b)

El haber procedido por motivos innobles o fútiles;

c)

El haber preparado ponderadamente la falta;

d)

El haber obrado con la complicidad o concertación de funcionarios de la Dirección de Impuestos Nacionales, de otras entidades o de otras personas;

e)

El haber cometido la falta para ejecutar u ocultar otra;

f)

El haber intentado atribuir a otro u otros la responsabilidad de la falta, y

g)

El haber cometido la falta aprovechando la confianza que en el funcionario había depositado su superior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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Artículo 29 · Decreto 1646/91 — Micelio