Micelio

Artículo 1

Decreto 1298 de 1914 · Por el cual se reglamentan las disposiciones contenidas en los artículos 69 y 88 del Código Fiscal de 1912

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. La información sumaria de que tratan los artículos 69 y 88 del Código Fiscal de 1912, se deberá practicar ante el Juez del Municipio en que estén ubicados los baldíos cuya adjudicación se pretende, y en defecto del Juez, ante el Alcalde del mismo Municipio. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1298 de 1914