°. Declarar de Interés Nacional el Proyecto de Regulación del río Tona-Embalse de Bucaramanga, ubicado en el departamento de Santander en las condiciones y términos fijados en el artículo 10 de la Ley 1382 de 2010.
Para efectos del artículo 25 del Decreto 2715 de 2010, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio deberá efectuar la delimitación geográfica acompañada de la determinación de las respectivas coordenadas.
El acto administrativo que contenga la delimitación deberá remitirse al Servicio Geológico Colombiano dentro de los tres (3) días siguientes a su expedición para su respectiva incorporación en el Catastro Minero.
Verificar por parte de las autoridades competentes, si el área de influencia del proyecto que se declara de interés nacional, afecta directamente a comunidades indígenas o afrodescendientes, de lo cual informarán al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. En el evento que la medida administrativa incida de manera directa y específica sobre las zonas en que se asientan los pueblos anteriormente señalados, se impondrá la realización del mecanismo de consulta previa, por las autoridades anteriormente señaladas, de conformidad con los lineamientos filados por la doctrina constitucional.